La doble fiscalidad del Plan de Pensiones Empleados de Telefónica. Estado actual de la cuestión.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas grava a las personas físicas que tienen su residencia habitual en territorio español, quienes tributan por la totalidad de la renta que obtengan, con independencia del lugar donde se hubiera producido y cualquiera que sea la residencia del pagador. Lo que determina en este impuesto la obligación de tributar es el concepto de residencia habitual. Siendo el derecho a elegir libremente su residencia un derecho fundamental de los españoles, recogido en el artículo 19 de la Constitución Española, parece que el hecho de tributar de forma diferente en el IRPF por el hecho… Leer más »